Modificación del Reglamento “VERIFACTU”
“Verifactu” es el término utilizado para referirse a un sistema de facturación de la empresa para que pueda ser verificada la emisión de cada factura mediante su diligenciado y envío directo a la Agencia tributaria (AEAT).
El nuevo sistema “Verifactu” consiste en la incorporación en las facturas emitidas de un código QR y una leyenda de “factura verificable” o VERI*FACTU. Este “sello” convierte la factura emitida en un documento único que no puede alterarse, ni modificarse, garantizando así su trazabilidad por la Agencia tributaria que ha recibido la información de la factura emitida en el momento de su emisión por la empresa que le remite los datos de la factura a la Agencia tributaria.
Se producen dos modificaciones del Reglamento “Verifactu”: entrada en vigor y ámbito objetivo.
Respecto a la primera modificación, se retrasa la entrada en vigor del sistema de facturación obligatorio “Verifactu”. De esta manera:
Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades: se extiende el plazo hasta el 1 de enero de 2026 para que la facturación se realice con el sistema “Verifactu” de manera obligatoria.
Para empresarios y profesionales, comunidades de bienes, sociedades civiles y establecimientos permanentes el sistema “Verifactu” obligatorio será de aplicación desde el 1 de julio de 2026.
En segundo lugar, se modifica el ámbito objetivo de aplicación del sistema “Verifactu” para exonerar de esta obligación de facturación “Verifactu” a determinados sectores, por ejemplo, facturación de determinadas entregas de energía, establecimientos permanentes localizados en el extranjero o determinados casos de expedición de factura por destinatario o un tercero.
A través de herramientas informáticas la Agencia tributaria va ganando terreno en el control del cumplimiento de las obligaciones tributarias de las empresas.
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9 de abril de 2025
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