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Impuesto de Sociedades 2023. “Check list” de beneficios fiscales.

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Llega la hora de hacer el cierre contable 2023 y por tanto se hace necesario revisar los beneficios fiscales en el Impuesto sobre Sociedades del año. De forma sintética enumeramos seguidamente algunos de ellos para una revisión posterior en profundidad.

A modo de “check list”, vamos a resaltar algunos aspectos concretos que debemos revisar para confirmar que estamos aplicando de forma correcta la normativa fiscal y que podemos aprovechar los diferentes beneficios fiscales en nuestra empresa.

Capital social.

En las operaciones de aumento de capital con compensación de créditos verificar que estamos aplicando si es posible la deducción en IRPF por inversión en empresas de nueva creación.

Otras aportaciones de socios.

Interesante revisar que la cuenta no esté desequilibrada. No genera ingreso para la sociedad siempre que se mantenga una equivalencia económica entre los socios antes y después de la aportación a la cuenta 118.

Reserva de capitalización y nivelación.

Si contamos con estas reservas es interesante revisar su correcta aplicación, así como el cumplimiento de los requisitos para minorar la base imponible del Impuesto en un 10%. Lo cual sitúa a las sociedades que aplican el tipo general de 25% en el tipo reducido del 22,5%

Subvenciones oficiales de capital.

Revisar la imputación de las subvenciones en el ejercicio por criterio de caja o devengo.

Provisiones.

Verificar deducción fiscal de provisiones pues no son deducibles las dotaciones a las provisiones para la cobertura de riesgos previsibles, pérdidas eventuales, gastos o deudas probables.

Compensar de bases imponibles negativas por resultados negativos de ejercicios anteriores, donde se hace necesario verificar que se mantiene la documentación contable de dichos ejercicios en los que hubo pérdidas y que están depositadas las Cuentas Anuales y legalizados los libros oficiales de contabilidad.

Revisar la correcta determinación de los porcentajes de amortización de los activos de la sociedad para aprovechar al máximo la deducción fiscal.

Aplicar la libertad de amortización de elementos nuevos de inmovilizado material e inversiones inmobiliarias afectas a la actividad económica con requisito de incremento y mantenimiento de la plantilla; así como los elementos nuevos de valor inferior a 300€ que gozan igualmente de libertad de amortización.

Amortización acelerada de elementos nuevos de inmovilizado material e inversiones inmobiliarias y elementos del inmovilizado intangible. Que opera por ejemplo para la amortización de vehículos, cuyo gasto fiscalmente deducible por la dotación a amortización puede alcanzar el 32% anual.

Valoración y ajuste de los activos financieros “especulativos”, donde se debe aplicar al resultado contable las plusvalías o minusvalías tácitas de la cartera especulativa.

En las cuentas de clientes se puede aplicar una dotación genérica por deterioro de los créditos por insolvencias de deudores, que supone una provisión deducible general del 1% del saldo de clientes a fecha de cierre del ejercicio social.

De otro lado, para las situaciones de impago de facturas específicas de antigüedad mayor a 6 meses interesa dotar la correspondiente provisión individualizada para registrar contablemente el deterioro por el impago, que es fiscalmente deducible.

Además, interesa revisar la posibilidad de recuperar el IVA devengado y no cobrado al cliente activando un procedimiento específico para la recuperación del IVA devengado e ingresado a a la AEAT que no haya sido cobrado del cliente.

En el caso de operaciones con cobro aplazado, en lugar del criterio de devengo, se puede imputar los ingresos en función de los cobros que se produzcan desde el año de venta y siguientes.

En cuanto a la cuenta de gastos, interesa revisar que se dispone de la debida justificación documental necesaria para su deducción fiscal. Generalmente las facturas y contratos suscritos con proveedores y acreedores.

Retribución de administradores que se ajuste a la normativa mercantil, así como a lo dispuestos en los Estatutos, con la debida aprobación en Junta general y del Consejo en su caso.

Del lado de los ingresos financieros interesa confirmar el correcto cumplimento de los requisitos previos para la aplicación de la exención limitada de dividendos y plusvalías procedentes de participaciones.

Aplicación del tipo reducido para entidades de nueva creación, que tributan al 15%, así como el nuevo tipo para micropymes del 23% en el año 2023.

En cuanto a la deducción fiscal de determinadas inversiones destaca la deducción por creación de empleo para trabajadores con discapacidad, así como la deducción por donativos a entidades sin fines lucrativos y entidades beneficiarias del mecenazgo.

En Alleytax somos especialistas en gestión de la contabilidad, impuestos y nóminas de Pymes.

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