Nulidad de sanciones por la utilización de un texto genérico y estereotipado como motivación por la Agencia Tributaria.
Los Tribunales Económico-Administrativos están anulando muchas sanciones por la inclusión en las Resoluciones sancionadoras de un texto genérico y estereotipado sobre la culpabilidad en la infracción. Al parecer esto no es motivación suficiente para imponer la sanción por parte de la Agencia Tributaria. En un caso concreto la oficina gestora justifica la imposición de sanción señalando como única fundamentación sobre la concurrencia de culpabilidad lo siguiente: “se entiende cometida la infracción tributaria ya que la conducta del obligado tributario no puede encuadrarse en ninguno de los supuestos de exoneración de responsabilidad conforma a la LGT”. Esta motivación es insuficiente según el TEAR al no expresar los los motivos que han llevado a la Administración a considerar culpable, o al menos negligente, la conducta del obligado tributario.
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