contabilidad

PYMES. Retribución en especie a empleados y el «efecto rebote» en la deducción del IVA.

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Algunas empresas implantan sistemas de Retribución flexible en los que se adopta un sistema mixto de retribución dineraria y retribución no dineraria o pago en especie, que puede consistir en la entrega o utilización de un vehículo, el pago de un seguro médico, el pago de determinados viajes, pago de gastos de guardería, acceso a cursos de formación o la popular entrega de vales de comida.

La Dirección General de Tributos ha publicado recientemente una contestación a consulta vinculante en la que alerta de los límites que pueden originarse en la deducción de las cuotas de IVA soportadas por la empresa al afrontar el gasto por los bienes o servicios que adquiere para su actividad económica.

En la Contestación se analiza la tributación por IVA de los diversos conceptos de retribución y concluye que al tratarse de entregas o prestaciones de servicio cuyos consumidores son los empleados de la empresa que no están sujetas a IVA, el derecho a la deducción puede verse limitado mediante la aplicación del régimen de prorrata. Éste sistema de prorrata establece un cociente de deducción de IVA soportado en función de las operaciones realizadas por la empresa, que para empresas con facturación elevada seguro no afectará, pero sí puede afectar a empresas PYMES de menor facturación.

Analizando detenidamente el texto de la consulta los diversos conceptos de retribución en especie pueden contaminar el derecho a la deducción de la empresa, tales como el pago de primas de seguro médico, los servicios de guardería y formación, operaciones todas exentas de IVA. Mientras que en otros como la entrega de vales de comida o entrega o cesión de uso de vehículos automóviles podría determinarse con exactitud la parte de IVA correspondiente al bien o servicio entregado que ha de incluirse en la retribución en especie para así no ver perjudicado el derecho a la deducción del IVA soportado por la empresa.

Parece que la Agencia tributaria cada vez afina más en el seguimiento y control de la tributación de PYMES entrando a analizar conceptos sobre los que no existían dudas sobre su situación tributaria.

12 de septiembre de 2019

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